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València destina ayudas a la natalidad y la conciliación familiar en 2027

El Ayuntamiento de València abre la convocatoria de ayudas de 2027 destinadas a fomentar la natalidad y facilitar la conciliación familiar, con un presupuesto total de 1,5 millones de euros. La iniciativa contempla una ayuda de 500 euros por cada menor nacido, adoptado o acogido, dirigida a progenitores, adoptantes, acogedores o tutores, con un máximo de una ayuda por unidad familiar y por menor

La Junta de Gobierno Local ha aprobado este jueves la convocatoria 2027 de las Ayudas para el fomento de la natalidad y la conciliación familiar, que cuentan con un presupuesto de 1,5 millones de euros. Se trata de una nueva edición de las ayudas dirigidas a personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras que ofrecen un apoyo económico a las familias por el esfuerzo que supone el nacimiento, la adopción o el acogimiento de una persona menor.

 

La convocatoria prevé un montante de 500 euros por cada persona menor nacida, adoptada o acogida, y una sola ayuda por unidad familiar y por cada menor, que no estará vinculada al nivel de ingresos familiares. Tal como establecen las bases, la tramitación se realizará mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, y la dotación tiene un carácter plurianual, distribuida entre los ejercicios 2027 y 2028.

 

La Junta de Gobierno Local ha aprobado la modificación del Plan estratégico de subvenciones 2026-2028 para incluir esta convocatoria, de la que podrán ser beneficiarias personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras cuando, al menos una de ellas, sea vecina del municipio de València y tenga una antigüedad mínima de cuatro años de empadronamiento ininterrumpido (contados desde el momento del nacimiento o desde el inicio de la convivencia en casos de adopción o acogimiento).

 

También será necesario que la persona menor esté empadronada en el municipio de València, salvo que concurran circunstancias excepcionales que lo hagan imposible. La convocatoria se refiere a nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2027. En los casos de adopción, guarda con fines de adopción o situación equivalente en adopción internacional, la persona causante no podrá haber alcanzado los 18 años.

 

Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o ayudas que puedan concederse para la misma finalidad por otras administraciones públicas o por entidades públicas o privadas.

Redacción

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