Claridad legal: NIE, CUE, TIE y DNI para extranjeros en España
NIE, CUE, TIE. Sus diferencias. La obtención del DNI
- NIE: Como lo indica la sigla es el «Número de Identificación de Extranjero», es un número personal, único y permanente que se asigna a cualquier persona extranjera que tenga relación con la Administración Pública española. Este número permite su identificación ante los diferentes órganos del Estado.
Es importante destacar que el NIE, por sí solo, no implica una situación de residencia ni de estancia legal en España. Se trata únicamente de un número administrativo, sin soporte físico, que se asigna como resultado de haber iniciado un trámite o gestión ante la administración española que no esté relacionado con el turismo.
El NIE se otorga a personas extranjeras que tengan intereses económicos, profesionales o sociales en España, independientemente de su situación de residencia. Por ejemplo, puede solicitarse para comprar o vender un inmueble o un vehículo. Abrir una cuenta bancaria. Firmar un contrato de trabajo. Estudiar en una institución española.
Dependiendo del caso, este número puede estar incluido en otros documentos:
En el CUE (Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea), si se trata de un ciudadano comunitario.
El NIE no se renueva ni cambia, incluso si varía la situación legal del titular en el país. Para solicitarlo, se deben cumplir ciertos requisitos, como no encontrarse en situación irregular al momento de la solicitud.
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CUE: Como lo indica la sigla es el «Certificado de Registro de la Unión Europea», es el documento que deben obtener los ciudadanos comunitarios no españoles —es decir, nacionales de otros países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo— que deseen residir y trabajar en España por un período superior a 90 días.
Este trámite debe realizarse de manera presencial y dentro de los tres primeros meses desde la entrada al país. Una vez concedido, se emite una tarjeta de color verde, comúnmente conocida como «NIE Verde», que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Este documento incluye el nombre del titular, su NIE (Número de Identificación de Extranjero), la fecha de alta y la vigencia del certificado, y prueba la residencia legal en España.
El CUE puede obtenerse de distintas formas: Acreditando fondos económicos suficientes para mantenerse en el país. Presentando un contrato de trabajo. Inscribirse como trabajador autónomo.
Es importante tener en cuenta que el CUE no acredita identidad, ya que no contiene fotografía ni huellas dactilares. Por ello, siempre debe ir acompañado de un documento oficial de identidad vigente del país de origen, como el pasaporte o la carta de identidad nacional.
El trámite puede realizarse en las Oficinas de Extranjería o en las Comisarías de Policía de la provincia en la que se planea residir.
- TIE: Como lo indica la sigla, es la «Tarjeta de Identidad de Extranjero», es el documento oficial, único y exclusivo que acredita la situación legal en España de los ciudadanos extranjeros no comunitarios, es decir, nacionales de países que no pertenecen a la Unión Europea.
Este documento se emite a personas que: Han obtenido una autorización de residencia superior a seis meses o disponen de una residencia de larga duración.
La TIE es una tarjeta física, similar al DNI español, que contiene: Datos personales del titular. El NIE. El tipo de residencia concebida ((por ejemplo: residencia por familiar de ciudadano comunitario, visado de estudios, arraigo social, arraigo laboral, entre otros). El plazo de validez de dicha autorización
Para obtenerla, es necesario cumplir con los requisitos legales y administrativos establecidos, y haber recibido una resolución favorable por parte de la Oficina de Extranjería.
La TIE acredita tanto la identidad como la condición legal del extranjero en España, y debe renovarse al llegar su fecha de vencimiento.
- DNI: Es el «Documento Nacional de Identidad». Los requisitos para obtenerlo varían según la situación en la que se encuentre cada persona. Por ejemplo, uno de ellos es el tiempo de estancia en España. En aquellos casos en los que se realice la primera inscripción como nacionalizado y poseas la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (CUE), en el que figure tu número de identificación de extranjero (NIE), deberás aportarlo en el momento de la tramitación del DNI. Además, si eres ciudadano español, por más que no hayas estado en España, te tocará como nacional de este país tramitar tu primer DNI. Por lo tanto, no tendrás que tramitar las otros documentos mencionados anteriormente que son para extranjeros.
¿Cómo se tramita cada uno? En el Ministerio del Interior están los requisitos. Es importante que te acerques a tu abogado o gestor de confianza para que te aclare dudas.
Si te encuentras fuera del territorio español, se debe de presentar en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas correspondientes al país donde residas.
Fuentes: Ministerio del Interior Gobierno de España. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Sede Electrónica de la Administración Pública. Sede electrónica Policía Nacional.